Colombia · Referencia mantenida
TRM del 31 de diciembre, año por año
La tasa representativa del mercado (TRM) vigente al cierre de cada año, con la fecha en que la certificó la Superintendencia Financiera y los días que cubrió. Al lado, el promedio del año ponderado por día calendario, el mínimo y el máximo. Cada cifra tiene su enlace permanente.
Las cifras
$3.757,08 vigente 31 dic
La TRM vigente el 31 de diciembre de 2025 fue de $3.757,08 por dólar: certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia el 30 de diciembre de 2025 y vigente del 31 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026. 1234
$4.052,71 promedio 2025
El promedio de la TRM en 2025, ponderado por día calendario, fue de $4.052,71 por dólar: cada uno de los 365 días del año se toma con su TRM vigente. 1234
Año por año
La TRM vigente el 31 de diciembre no es la que se calculó ese día: es la que la Superintendencia Financiera certificó el último día hábil anterior. La tabla trae, para cada año, ese valor con los días que cubrió, y al lado el promedio ponderado por día calendario, el mínimo y el máximo.
| Año | TRM vigente el 31 dic | Vigencia | Promedio del año | Mínimo | Máximo |
|---|---|---|---|---|---|
| 2025 | $3.757,08 | del 31 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026 | $4.052,71 | $3.706,94 | $4.416,69 |
| 2024 | $4.409,15 | del 31 de diciembre de 2024 al 2 de enero de 2025 | $4.071,35 | $3.763,43 | $4.478,21 |
| 2023 | $3.822,05 | del 29 de diciembre de 2023 al 2 de enero de 2024 | $4.325,05 | $3.822,05 | $4.989,58 |
| 2022 | $4.810,20 | del 30 de diciembre de 2022 al 3 de enero de 2023 | $4.255,44 | $3.706,95 | $5.061,21 |
| 2021 | $3.981,16 | del 31 de diciembre de 2021 al 3 de enero de 2022 | $3.743,09 | $3.420,78 | $4.023,68 |
| 2020 | $3.432,50 | del 31 de diciembre de 2020 al 4 de enero de 2021 | $3.693,36 | $3.253,89 | $4.153,91 |
| 2019 | $3.277,14 | del 31 de diciembre de 2019 al 2 de enero de 2020 | $3.281,09 | $3.072,01 | $3.522,48 |
Todas las cifras salen de una misma consulta al dataset abierto de la Superintendencia Financiera. Las cifras de 2025 están ancladas arriba, en «Las cifras»; las de los demás años, en su casilla de esta tabla. La consulta usada está en las fuentes.
Cómo se calculó cada cifra
Dataset abierto de la TRM de la Superintendencia Financiera (32sa-8pi3), consultado el 2 de septiembre de 2026: valor 3757.08, vigencia del 31 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026. La TRM se calcula con las operaciones del día anterior, así que la vigente el 31 de diciembre es la certificada el último día hábil previo, el 30 de diciembre de 2025. Cuando el 31 de diciembre cae en sábado, domingo o festivo, la TRM vigente ese día sigue siendo la certificada el último día hábil anterior a la apertura de la vigencia. 1234
Dataset abierto de la TRM de la Superintendencia Financiera (32sa-8pi3), consultado el 2 de septiembre de 2026. Promedio ponderado por día calendario: cada uno de los 365 días de 2025 se toma con la TRM vigente ese día —la fila cuya vigencia lo cubre— y se promedia sobre 365 días. No es el promedio simple de las 236 certificaciones que entraron en vigencia durante el año: ese cálculo subrepresenta sábados, domingos y festivos, que quedan cubiertos por la certificación del último día hábil. 1234
Valor más bajo que estuvo vigente en alguno de los 365 días calendario de 2025, leído sobre la misma consulta al dataset que el resto de las cifras de esta página. Una TRM vigente durante un fin de semana o un festivo se arrastra desde la certificación del último día hábil, así que un extremo puede cubrir varios días seguidos. 1234
Valor más alto que estuvo vigente en alguno de los 365 días calendario de 2025, leído sobre la misma consulta al dataset que el resto de las cifras de esta página. Una TRM vigente durante un fin de semana o un festivo se arrastra desde la certificación del último día hábil, así que un extremo puede cubrir varios días seguidos. 1234
Cómo se usa
La TRM del 31 de diciembre es la referencia que muchos consultan, no la tasa que el Estatuto Tributario señala para el patrimonio. Para el impuesto sobre la renta, los activos y pasivos en moneda extranjera se miden a la TRM del reconocimiento inicial. La del cierre es la tasa del cierre contable, la que convierte los saldos en los estados financieros.
El artículo 269 lo dice sin rodeos: «El valor de los activos en moneda extranjera, se estiman en moneda nacional al momento de su reconocimiento inicial a la tasa representativa del mercado, menos los abonos o pagos medidos a la misma tasa representativa del mercado del reconocimiento inicial». El artículo 285 repite la regla para los pasivos, y el artículo 288 agrega que las fluctuaciones de esas partidas «no tendrán efectos fiscales sino hasta el momento de la enajenación o abono en el caso de los activos, o liquidación o pago parcial en el caso de los pasivos». Los tres artículos están en el libro del impuesto sobre la renta y no distinguen entre personas naturales y empresas.
En el cierre contable la respuesta es otra, y por eso la cifra se busca cada enero: la tasa del 31 de diciembre es la que convierte a pesos los saldos en moneda extranjera de los estados financieros. De ahí pasa a informes, contratos y comparaciones de un año contra otro, y la prensa la publica cada 2 de enero. Son dos preguntas distintas con dos respuestas distintas, y se confunden con facilidad.
La pregunta práctica, entonces, es la segunda: qué tasa le corresponde a cada partida. Esa la responde el contador, con las operaciones a la vista.
Los dólares digitales —USDT y USDC— no entran por ninguna de las dos puertas, porque no son moneda extranjera. La DIAN lo dice así: «En Colombia las criptomonedas no son una moneda legalmente reconocida y carecen de un poder liberatorio ilimitado»; los criptoactivos «son considerados como bienes inmateriales o incorporales, susceptibles de ser valorados», «forman parte del patrimonio» y «pueden conducir a la obtención de ingresos» (Concepto Unificado 018075 de 2023). Esa doctrina no prescribe un método para llevarlos a pesos, y los criterios en el gremio no coinciden: unos los declaran al valor de mercado del 31 de diciembre, otros al costo de adquisición hasta que se vendan. Para el ingreso del día en que se recibió el pago, en la práctica los contadores toman como referencia la TRM vigente de esa fecha. Nada de eso es una regla escrita, y el tratamiento de cada caso lo define el contador.
Un cuidado más: el precio al que se vendieron los dólares digitales en un exchange o en una operación P2P no es la TRM. Son dos datos distintos, y el comprobante de la operación es el que respalda el precio.
Vigente, no la del día
La TRM vigente para cada día se certifica antes. La Superintendencia Financiera la calcula con las operaciones del día anterior, así que la vigente el 31 de diciembre de 2025 es la que se certificó el 30 de diciembre de 2025.
Cuando el 31 de diciembre cae en sábado, domingo o festivo, la vigente es la certificada el último día hábil anterior, y esa misma tasa cubre el puente entero. En 2022 y en 2023 la vigencia que cubrió el 31 de diciembre había empezado antes: el 30 y el 29 de diciembre, respectivamente. La columna «Vigencia» de la tabla muestra exactamente qué días cubrió cada valor.
El Banco de la República lo resume así: «La TRM vigente para cada día es calculada y certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia con las operaciones del día anterior». El Banco publica la serie; quien certifica es la Superintendencia.
Metodología y actualización
Todas las cifras salen de una sola consulta al dataset abierto de la TRM de la Superintendencia Financiera, el recurso 32sa-8pi3 en datos.gov.co. Cada fila del dataset trae un valor y la ventana de días que ese valor estuvo vigente; la consulta exacta está enlazada en las fuentes.
- TRM vigente el 31 de diciembre. La fila cuya vigencia cubre ese día. La fecha de certificación es el último día hábil anterior a la apertura de esa vigencia.
- Promedio del año, ponderado por día calendario. Cada uno de los 365 o 366 días del año se toma con su TRM vigente y se promedia sobre el total de días. No es el promedio simple de las certificaciones publicadas: ese cálculo subrepresenta los sábados, domingos y festivos, que quedan cubiertos por la certificación del último día hábil.
- Mínimo y máximo. El valor más bajo y el más alto que estuvieron vigentes en algún día calendario del año, no la certificación más baja o más alta.
- Cobertura. De 2019 a 2025. El dataset publica la serie desde 1991; esta página mantiene los años que un cierre reciente necesita.
Se actualiza el 2 de enero de cada año con la TRM certificada el último día hábil del año que cerró. Ese día se agregan las cuatro cifras del año nuevo y se revisan las anteriores. Una cifra publicada no se reescribe: si tuviera que cambiar, se reemplaza y la anterior conserva su enlace.
Datos de la Superintendencia Financiera de Colombia publicados en datos.gov.co bajo licencia Creative Commons Atribución-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-SA 4.0).
Para seguir
- ¿Qué TRM se usa para la declaración de renta? — la pregunta completa, con las fuentes.
- Stablecoins y criptoactivos en Colombia — qué dicen las reglas y de qué hay que llevar registro.
- Calculadora de USDT a pesos por fecha — la TRM vigente de una fecha concreta.
Preguntas
- ¿Cuál fue la TRM del 31 de diciembre de 2025?
- La TRM vigente el 31 de diciembre de 2025 fue de $3.757,08 por dólar. La Superintendencia Financiera de Colombia la certificó el 30 de diciembre de 2025 y estuvo vigente hasta el 2 de enero de 2026. La tabla de esta página trae el mismo dato, con su vigencia, para cada año desde 2019.
- ¿Qué pasa cuando el 31 de diciembre cae en fin de semana?
- La TRM vigente ese día es la que se certificó el último día hábil anterior, y esa misma tasa cubre el puente completo. Por eso la cifra de cierre se lee siempre con su ventana de vigencia al lado: la vigencia dice qué días cubrió el valor, y la fecha de certificación dice cuándo se calculó.
- ¿La TRM del 31 de diciembre es la que se usa para el patrimonio?
- Para el impuesto sobre la renta, no: el Estatuto Tributario mide los activos y pasivos en moneda extranjera a la TRM del reconocimiento inicial, y sus fluctuaciones no tienen efecto fiscal hasta la enajenación o el pago (artículos 269, 285 y 288, en la redacción de la Ley 1819 de 2016). La TRM del 31 de diciembre es la tasa del cierre contable y la referencia que muchos consultan. El tratamiento de cada partida lo define el contador.
- ¿Los dólares digitales, USDT y USDC, se declaran con la TRM?
- Para la DIAN las criptomonedas no son una moneda legalmente reconocida: los criptoactivos son bienes inmateriales o incorporales susceptibles de ser valorados, que forman parte del patrimonio (Concepto Unificado 018075 de 2023). La doctrina no prescribe un método para llevarlos a pesos, y los criterios en el gremio no coinciden: unos usan el valor de mercado del 31 de diciembre, otros el costo de adquisición hasta la venta. El tratamiento de cada caso lo define el contador.
- ¿Cómo se calculó el promedio del año?
- Ponderado por día calendario: cada uno de los días del año se toma con su TRM vigente y se promedia sobre los 365 o 366 días. No es el promedio simple de las certificaciones publicadas, que en 2025 fueron 236, porque ese cálculo subrepresenta los sábados, domingos y festivos, que quedan cubiertos por la certificación del último día hábil.
- ¿Cuándo se actualiza esta página?
- El 2 de enero de cada año, con la TRM certificada el último día hábil del año que acaba de cerrar. Ese día se agregan las cuatro cifras del año nuevo —cierre, promedio, mínimo y máximo— y se revisan las anteriores. Una cifra ya publicada conserva su enlace permanente aunque sea reemplazada.
Fuentes y citas
Cada cifra de esta página está ligada a una de estas fuentes, con las oficiales primero, y lleva su propia fecha de referencia y de revisión. Conviene confirmarla en la fuente antes de usarla.
- Tasa de Cambio Representativa del Mercado (TRM) — consulta al dataset 32sa-8pi3: valor, vigenciadesde y vigenciahasta desde 2018-12-01
- Tasa de Cambio Representativa del Mercado — TRM (datos abiertos, dataset 32sa-8pi3)
- Tasa de Cambio Representativa del Mercado (TRM) — informes y cifras diarias
- Tasa de cambio representativa del mercado (TRM) — glosario
Se puede citar con atribución. Los enlaces de cada cifra (#stat-…) son permanentes: no se renombran ni se borran.
Aviso
Esta página es material de referencia: cifras tomadas del dataset abierto de la Superintendencia Financiera de Colombia y revisadas en las fechas que aparecen en cada dato. No es asesoría tributaria ni jurídica, y TxFlows no es contador, exchange ni servicio de declaración de impuestos. La TRM es un tipo de cambio de referencia certificado por la Superintendencia Financiera; qué tasa corresponde a cada partida la define la norma que le aplique y el criterio del contador de cada quien. Conviene confirmar cada cifra en la fuente antes de usarla.